Panamá

Promulgan decreto que extiende los beneficios de la ley de amnistía tributaria

Los beneficiarios podrán ingresar la página web de la Dirección General de Ingresos (dgi.mef.gob.pa) para hacer sus pagos Los beneficiarios podrán ingresar la página web de la Dirección General de Ingresos (dgi.mef.gob.pa) para hacer sus pagos.

24 septiembre 2020 |

El Decreto Ejecutivo N°512 de 23 de septiembre de 2020 ya aparece en la Gaceta Oficial de Panamá formalizando la extensión de los beneficios de la ley de Amnistía Tributaria concedida para que las personas naturales y jurídicas, cuenten con más tiempo para cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias, morosas al 29 de febrero de 2020.

Esta normativa debe traducirse en que los contribuyentes puedan reorganizar sus finanzas para mantener puestos de trabajo, cancelar deudas a proveedores, ser parte de la reactivación económica impulsada por el Gobierno y mejorar la recaudación tributaria.

A través de la DGI del MEF, la propuesta impulsada por el Ejecutivo plantea que, si el contribuyente obligado al pago de los tributos en condición de morosidad cumple con el mismo antes del 31 de diciembre de 2020, se condonará hasta el 85% de la totalidad de los intereses, recargos y multas.

Para continuar con el apoyo a la población en estos momentos de emergencia sanitaria nacional, la norma establece la posibilidad de acogerse a un nuevo arreglo de pago abonando el 25% del impuesto nominal adeudado, y que, si dicho convenio de pago se realiza antes del 31 de diciembre de 2020, se condonará el 85% de la totalidad de los intereses, recargos y multas.

Adicionalmente, se extendió el plazo para cumplir con la totalidad de la deuda, producto de los convenios de pago que celebren los contribuyentes con la Administración Tributaria. Si el convenio se suscribió antes del 29 de febrero de 2020, se cuenta con un plazo extendido hasta el 31 de diciembre de 2021 para pagar la totalidad de lo adeudado a la DGI, y aquellos que se celebren con posterioridad al 29 de febrero de 2020 deben ser cancelados al 30 de abril de 2021. 

La normativa faculta al MEF, a través de la DGI, a colaborar con los bancos de la localidad para que estos consideren otorgarles facilidades crediticias a los contribuyentes, con lo cual se busca obtener beneficio para apoyar al pago de impuestos, a la banca y aumentar la recaudación.

Los beneficiarios podrán ingresar  la página web de la Dirección General de Ingresos (dgi.mef.gob.pa) se podrá ingresar al sistema e-Tax 2.0, y aprovechar todos los beneficios de la extensión de la ley de amnistía tributaria. 

Cabe recordar que este Decreto Ejecutivo del MEF, sancionado por el presidente Laurentino Cortizo, modifica el Decreto 553 de 19 de noviembre de 2019, a su vez modificado y adicionado por el 257 de 3 de abril de 2020, que reglamenta la Ley 99 de 11 de octubre de 2019, referente a la amnistía tributaria general para el pago de tributos de competencia de la Dirección General de Ingresos (DGI).

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