Panamá

Aprueban en tercer debate iniciativa sobre sanciones a funcionarios por paralización y deterioro de obras públicas

El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó este miércoles en tercer debate el Proyecto de Ley No. 28 que adiciona disposiciones al Código Penal, relativas a la paralización y deterioro de obras públicas.

26 agosto 2020 |

La iniciativa presentada por la diputada Mayín Correa, adiciona artículos nuevos al Código Penal con el fin de sancionar a aquellos servidores públicos que con dolo, culpa o por inobservancia en el ejercicio de sus funciones ocasionen la pérdida, paralización, abandono, encarecimiento, o deterioro de una obra financiada total o parcialmente con fondos públicos o que ocasione pérdidas al erario nacional o municipal.

“El servidor público que con conocimiento y teniendo a su disposición las partidas, o recursos económicos, para desarrollar o ejecutar una obra licitada permita el deterioro significativo, el abandono o la destrucción de la misma, será sancionado con pena de 3 a 5 años de prisión siempre que la cuantía del daño sea entre B/.20,000.00 hasta B/.500,000.00, cuando el daño supere los B/.500,000.00 balboas la pena será de 4 a 8 años de prisión”, detalla el Artículo 365-A que se adiciona al Código Penal.

En el caso de que las conductas anteriores se cometen por culpa la pena será de 1 a 3 años de prisión

Correa explicó que este proyecto establece multas después que se lleva a cabo un proceso contra un funcionario, cualquiera que sea, del presidente para abajo, que paralice obras porque le da la gana, después que se licitó y que se incluyó en el presupuesto.

“Pero porque lleva el nombre de un adversario político busca cómo paralizarlo, estamos hablando de pérdidas de más de dos billones… cuando en una obra pública un auditor le dice a usted, algo está mal aquí, usted pone la denuncia pero no para la obra, no para un hospital, no para siete hospitales del pueblo panameño, no hace que se paguen tres veces más por un hospital”, enfatizó la parlamentaria.

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