Corte señala que la "mujer dista mucho de ser semejante al hombre" para acceder a la esterilización

Para ser esterilizadas, en Panamá se les pide a las mujeres ser mayores de 23 años y tener 2 o más hijos.

19 marzo 2021 |

Las mujeres mayores de 18 y menores de 23 años en Panamá seguirán sin poder acceder a la esterilización en el sistema público de salud debido a que la mujer “por sus características físicas y biológicas, especialmente la maternidad, dista mucho de ser semejante al hombre en términos reproductivos”.

Lo anterior es parte del argumento contenido en un fallo del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, que declaró que no son inconstitucionales el Artículo 3 y el Numeral 2 del Artículo 4 de la Ley 7 del 5 de marzo de 2013, que establece el marco regulatorio de la esterilización femenina.

Esta decisión surge en respuesta a un recurso de inconstitucionalidad presentado por Haydée Méndez Illueca, quien sostiene que el artículo y numeral antes mencionado vulneran preceptos constitucionales sobre derechos individuales y sociales, y sobre no discriminación, toda vez que se establecen para las mujeres requisitos adicionales a los definidos a los hombres, para acceder a la esterilización. "Al establecer restricciones a las mujeres para su esterilización se les está desconociendo la efectividad del derecho humano a la libertad sexual y a su autonomía reproductiva", señala Méndez.
El Artículo 3 establece que “las mujeres mayores de veintitrés años de edad y con dos hijos o más podrán solicitar a los centros de salud u hospitalarios del sector público del país la práctica gratuita de la esterilización siempre que cumplan los requisitos establecidos en la presente ley”. El Numeral 2 del Artículo 4 señala además que para que ocurra la esterilización femenina debe haber una recomendación médica.

Para esterilizarse, los hombres solo deben tener mayoría de edad. No se les exige tener una cantidad definida de hijos.

El fallo del Pleno de la Corte, conformado por seis hombres y tres mujeres, contó con los salvamentos de voto de las tres magistradas Maribel Cornejo, María Eugenia López y Ángela Russo, así como del magistrado José Ayú Prado, quienes expresaron su desacuerdo con la decisión adoptada por la mayoría, representada en los magistrados Cecilio Cedalise, Secundino Mendieta, Luis Ramón Fábrega y Olmedo Arrocha.

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