TE confirma decisión de juez de garantías

El Tribunal de Apelaciones, presidido por el magistrado Heriberto Araúz Sánchez, acompañado de sus colegas Eduardo Valdés Escoffery y Alfredo Juncá Wendehake, confirmó el fallo dictado por la juez de garantías

16 julio 2021 |

El Tribunal de Apelaciones, presidido por el magistrado Heriberto Araúz Sánchez, acompañado de sus colegas Eduardo Valdés Escoffery y Alfredo Juncá Wendehake, confirmó el fallo dictado por la juez de garantías, María Eugenia Pérez de Preciado, quien el 28 de junio de 2021 negó la petición de prescripción de la acción penal incoada por la defensa técnica de Rafael René Rodríguez Córdoba, en la causa que se le sigue por el presunto delito electoral de cambio doloso de residencia.

El defensor particular, Rubén Rodríguez, sustentó su recurso de apelación, indicando que el supuesto delito se cometió el 17 de marzo de 2018, cuando su representado cambió de residencia hacia el distrito de Santa Isabel, provincia de Colón, por lo que al tenor de lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 499 del Código Electoral, al 18 de marzo de 2021, la causa se encontraba prescrita.

Sin embargo, el Tribunal mantuvo la posición externada en ocasiones anteriores, afirmando que la acción penal no ha prescrito, ya que los términos legales deben recuperarse y en esta ocasión se extingue el 9 de septiembre de 2021, en virtud de lo dispuesto en los decretos que así lo contemplan.

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