Asamblea inicia proceso para escogencia de nuevo Defensor del Pueblo

El próximo 8 de marzo se dará inicio a la convocatoria para el cargo de "Defensor del Pueblo" 2021 - 2026, así lo dio a conocer el presidente de la Comisión de Gobierno, Crispiano Adames, luego que esta instancia legislativa aprobara la resolución y su reglamento para el inicio del proceso.

02 marzo 2021 |

La metodología para elección establece que una vez aprobada la resolución y su reglamento será pública en tres diarios de circulación nacional, posteriormente se esperará cinco días hábiles para que realicen la entrega de los documentos personales y dar inicio al proceso de entrevistas. Los aspirantes tendrán que reunir una serie de requisitos que están definidos en la resolución y su reglamento que serán entregados a la Comisión de Gobierno.

Luego de realizadas de las entrevistas se entregará la lista de los participantes al pleno Legislativo, donde será escogido el nuevo Defensor del Pueblo 

El diputado Adames dijo que el actual Defensor del Pueblo, también puede presentar sus documentos y participar de esta nueva elección. Luego que fuera elegido hace un año para reemplazar a Alfredo Castillero Hoyos, quien fue separado del cargo por irregularidades. 

La Constitución  Política de Panamá establece en su artículo 129 que la Defensoría del Pueblo velará por la protección de los derechos y las garantías fundamentales consagradas en la Carta Magna, así como los previstos en los convenios internacionales de derechos humanos y la Ley, mediante el control, no jurisdiccional, de los hechos, actos u omisiones de los servidores públicos y de quienes presten servicios públicos y actuará para que ellos se respeten.

Contempla a su vez que,  actuará bajo la dirección y responsabilidad del Defensor del Pueblo, quien será nombrado por el Órgano Legislativo para un periodo de cinco años, dentro del cual no podrá ser suspendido ni removido sino por el voto de dos tercios de los miembros de la Asamblea Nacional, en virtud de causas definidas previamente por la Ley.

En su art.  130, indica que para ser elegido Defensor del Pueblo se requiere: ser panameño por nacimiento,  estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, haber cumplido 35 años o más de edad, no haber sido condenado por delito doloso con pena privativa de la libertad de cinco años o más.

La Defensoría es una institución del Estado panameño y fue creada a través de la Ley No. 7 de 5 de febrero de 1997.

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