El Juzgado Tercero Liquidador también dictó el sobreseimiento definitivo para una persona.
17 junio 2022 |
Este caso guardaba relación con una investigación iniciada en 2016, producto de hechos noticiosos originados en el marco de la operación “Lava Jato” en Brasil, que vinculaban a una oficina de abogados en Panamá con la creación de sociedades anónimas que, supuestamente, tenían como objetivo la movilización de fondos ilegales.
El Órgano Judicial detalló que la decisión del Juzgado se sustentó en que la investigación no probó que la firma de abogados investigada administraba algún fondo o cuentas bancarias procedente de Brasil.
“Al fundamentar su decisión, la jueza de la causa, Baloísa Marquínez Morán, indicó en su resolución que en la investigación no demostró qué cuentas fueron creadas en Panamá, creadas con la finalidad de ocultar dinero de procedencia ilícita, ni los montos de los dineros ingresados provenientes de sociedades offshore. No se demostró la tipología utilizada para encubrir y justificar fondos. Tampoco se evidenció la trazabilidad del dinero que, presuntamente, procede de la República Federativa de Brasil”, explica.
“Este caso culminó con un total de 293 tomos”, puntualizó el Órgano Judicial.